fe de erratas

28 nov 2011

CALDERÓN A JUICIO

CALDERÓN A JUICIO



El fin de la ley es obtener la mayor ventaja posible 
para el mayor número posible.
 Bentham

El viernes de la semana pasada nos enteramos que Netzaí Sandoval Ballesteros presentó una denuncia ante la Corte Penal Internacional, que es un tribunal que juzga la responsabilidad de individuos en la comisión de los crímenes más graves en contra de la humanidad: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y agresión.
Aunque la CPI no forma parte de las Naciones Unidas, existe una relación con ella en los términos que señala el Estatuto de Roma. Su antecedente inmediato lo encontramos en los tribunales internacionales establecidos en Núremberg y Tokio para juzgar a los criminales de guerra de Alemania y Japón por los delitos cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. Fue tras la Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas -celebrado en Roma en 1998- sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional, donde se estableció su creación en la firma del acta el día 17 de julio de ese año.
El Estatuto y la CPI inicio sus funciones el 1 de julio de 2002 y nuestro país la ratificó en 2005 e incorporó su reconocimiento en el 
artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Que señala: “El Ejecutivo Federal podrá, con la aprobación del Senado en cada caso, reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional”. (Párrafo octavo)
Ahora bien, los crímenes de los cuales puede conocer la Corte están restringidos y enumerados en la parte II del estatuto, artículo 5: a) El genocidio considerado en su artículo 6; los crímenes de lesa humanidad en su artículo 7; los crímenes de guerra  en  el artículo 8; y el crimen de agresión artículo 8 bis (Resolución 6 del 11/06/2010.
El recurso interpuesto por un grupo de mexicanos ante la CPI contra Felipe Calderón Hinojosa considera la actualización de dos de las hipótesis: a) Los crímenes de guerra en un conflicto armado; y b) los crímenes de lesa humanidad.
Los promoventes establecen una consideración importante que vale la pena rescatar:
(…) México no está en condiciones de llevar a cabo la investigación y el juicio en contra de Felipe Calderón, Joaquín Guzmán Loera, Genaro García Luna, Guillermo Galván Galván, Francisco Saynez Mendoza y demás autoridades, militares y narcotraficantes, debido a que en nuestra legislación penal no se han tipificado los crímenes de guerra ni de lesa humanidad. Esto implica que en nuestro país es imposible juzgar a cualquier persona por las conductas especialmente graves que hemos señalado, porque no existe el tipo penal para sancionarlos.  Así mismo, la falta de autonomía de la Procuraduría General de la República y la inmunidad del Ejecutivo Federal generan una situación en la que es prácticamente imposible juzgar dentro de las instancias nacionales a los altos funcionarios civiles y castrenses por su responsabilidad en esta crisis humanitaria.
Dicho lo anterior veamos cuáles son los razonamientos que utilizaron para promover su querella ante la CPI. Sobre los crímenes de guerra en un conflicto armado -artículo 8, párrafo 2, inciso c-  se plantea:
En México se han cometido tales actos de forma masiva. Por ejemplo, la mutilación de enemigos –decapitaciones- es ya una práctica absolutamente cotidiana, que lamentablemente comienza a ser empleada incluso por las fuerzas armadas mexicanas (la ejecución de Arturo Beltrán Leyva y su mutilación con evidentes fines intimidatorios (…)”.
Como ha sido documentado por los diversos informes sobre derechos humanos elaborados por organismos internacionales como Amnistía Internacional, el Ejército Mexicano también ha llegado al extremo de asesinar y torturar a civiles completamente ajenos al conflicto, en retenes militares y durante sus operativos.  Además de forma muy preocupante, se ha intentado encubrir estos hechos para garantizar impunidad a los responsables. Recordemos al respecto el caso de los estudiantes asesinados en el Tec de Monterrey el 19 de marzo de 2010, señalado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en su recomendación 45/2010.
Por su parte los cárteles de la droga también practican terribles crímenes contra la población civil. Reclutan niños menores de 15 años de edad para convertirlos en sicarios. Se estima que entre 30 y 43 mil menores de edad han sido reclutados por grupos criminales. Además, los ataques a los centros de rehabilitación de enfermos y adictos a las drogas se han generalizado. Los arteros ataques del 26 de junio en Durango, el 5 de diciembre y 10 de junio en Ciudad Juárez, Chihuahua –todos en 2010– son sólo tres ejemplos.
Como observamos, el razonamiento expuesto por los promoventes no está alejado de nuestra realidad, pues en efecto como lo describen en sus razonamientos todos hemos sido testigos y otros actores de la sucinta mención que se reseña.
Ahora bien, respecto a los crímenes de lesa humanidad - descritos en el artículo 7- se menciona que esta figura:
(…) implican un ataque generalizado o sistemático en contra de una población civil y con conocimiento de dicho ataque, en el que se somete a las personas a esclavitud, tortura, desaparición forzada de personas, asesinato, violación, esclavitud sexual y prostitución forzada entre otros. En México este tipo de crímenes se cometen cotidianamente, especialmente en contra de los migrantes centroamericanos que tratan de llegar hacia los Estados Unidos. Lo más preocupante es que la CNDH documentó desde 2009 que el Instituto Nacional de Migración participa de estas ominosas prácticas por ejemplo a través de la comercialización de personas indocumentadas.
En su reflexión final se establece una advertencia prudente, aclaratoria, y por ello considero pertinente referirlo:
Lo que solicitamos al fiscal de la CPI es una investigación por las desapariciones forzadas, por el reclutamiento de niños menores de 15 años como sicarios, por las ejecuciones extrajudiciales cometidas por soldados, por la mutilación de enemigos como forma de intimidación, por los ataques a la población civil, por el desplazamiento forzado de personas, por la violación sexual de mujeres y niñas, por los actos de tortura perpetrados y tolerados por el Ejército, por los ataques a centros de rehabilitación de enfermos, así como por el secuestro, venta y esclavización de migrantes por parte de miembros del Instituto Nacional de Migración.
El Jefe del Ejecutivo Federal, sus mandos civiles y militares así como los capos de la droga son responsables de estos crímenes.  Aunque todos ellos podrían alegar no haber cometido ningún asesinato directamente, ni ordenado los graves crímenes que aquí se les imputan, son responsables de encubrir y proteger a los sicarios, policías y soldados que directamente los cometen. Con ello la brutal violencia que azota a nuestro país se ha institucionalizado y se ha convertido en práctica cotidiana.
Lo que encontramos en los razonamientos anteriores, son extractos de la realidad mexicana contemporánea: violencia, muerte, corrupción, omisión, irresponsabilidad. Pero también, en el stricto sensu, el ejercicio de su derecho para acudir a los tribunales internacionales que nuestra propia constitución reconoce, por eso parece absurda la reacción torpe e irracional que desde Los Pinos se ha gestado.

Ante la promoción del juicio, desde Los Pinos se responde que las imputaciones son “falsas y calumniosas” y sostiene:
Las imputaciones al gobierno de México son claramente infundadas e improcedentes, como lo señalan ya las voces más autorizadas en la materia. Sin embargo, constituyen en sí mismas verdaderas calumnias, acusaciones temerarias que dañan no sólo a personas e instituciones, sino que afectan terriblemente el buen nombre de México, por lo cual, el gobierno de la República explora todas las alternativas para proceder legalmente en contra de quienes las realizan en distintos foros e instancias nacionales e internacionales.
La respuesta intimidatoria y amenazante del señor Calderón,  va contra la bandera de “un gobierno democrático” como se llama en el comunicado, al anunciar su pretensión de “proceder legalmente” contra los mexicanos promoventes, por el solo hecho de hacer uso de los mecanismos de protección de derechos, Calderón se constituye en el pequeño dictador que reacciona violentamente, y que pretende utilizar al derecho como instrumento de venganza contra los que no piensan igual que él.
La acción de los mexicanos que acuden a la Corte Penal Internacional, es una acción valiente y que promueve el Estado de Derecho, por ello, si el señor Calderón cumple sus amenazas, estará abriendo una batalla más para la cual no está preparado, y pasará a la historia con una raya más al tigre. ¿En verdad ya no le importa lo que se diga de él, su desgobierno y su apellido? 
En fin, estemos atentos a lo que ocurrirá en las próximas horas, parece que las instituciones jurídicas vuelven a ser protagonistas. Por hoy es todo, nos leemos la próxima. Carpe diem.
http://iusfilosofo.blogspot.com/2011/11/calderon-juicio.html 

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